Glosario fiscal y laboral
Los términos que aparecen en tu nómina, en tu declaración de la renta y en tu contrato, explicados en lenguaje claro y con la referencia legal de cada uno. Busca una palabra o filtra por categoría.
28 términos
- Base de cotizaciónCotización
Es la cantidad sobre la que se calculan las cotizaciones a la Seguridad Social, tuyas y de la empresa. Para un asalariado parte del salario bruto (incluida la parte proporcional de las pagas extra) y está limitada por una base mínima y una base máxima: por encima del tope, el exceso de sueldo ya no cotiza. También es la base que determina prestaciones futuras como el paro o la jubilación.
- Base imponible del ahorroIRPF
Es la parte de tu renta formada por intereses, dividendos y ganancias patrimoniales (por ejemplo, al vender acciones o un inmueble). No sigue la escala general, sino su propia escala del ahorro, con tipos que van del 19% al 30% según el importe. Esa escala es igual en toda España: no cambia según tu comunidad autónoma.
- Base imponible generalIRPF
Es la parte de tu renta que tributa según la escala progresiva: básicamente tus rendimientos del trabajo o de actividad, una vez restadas las cotizaciones a la Seguridad Social, los gastos deducibles y la reducción por rendimientos del trabajo. Se separa de la base del ahorro porque cada una tiene su propia escala. Es sobre la base general donde luego actúa el mínimo personal y familiar.
- Base máxima de cotización (tope)Cotización
Es el límite superior de la base de cotización: la parte del salario que supera ese tope no cotiza a la Seguridad Social. Por eso, en los sueldos altos, la cotización deja de crecer a partir de cierto punto y el porcentaje efectivo de Seguridad Social sobre el bruto baja. El tope se actualiza cada año y en los últimos ejercicios ha ido subiendo.
- Contingencias comunesCotización
Es el concepto principal de cotización a la Seguridad Social: cubre las situaciones no derivadas del trabajo, como la enfermedad común, la baja no laboral y, sobre todo, la jubilación. Del total que se cotiza por este concepto, una parte la paga la empresa y una parte más pequeña te la descuentan a ti de la nómina. Es la deducción de Seguridad Social más grande que verás en tu recibo.
- Convenio colectivoContrato
Es el acuerdo entre la representación de los trabajadores y la de las empresas que fija las condiciones laborales de un sector o de una empresa: tablas salariales, jornada, vacaciones, categorías profesionales y más. Se aplica a todo el ámbito que cubre, por encima de lo que diga tu contrato individual, siempre que mejore los mínimos legales. Puede pagar por encima del SMI, nunca por debajo.
- Cuota de autónomos (RETA)Cotización
Es lo que un trabajador por cuenta propia paga cada mes a la Seguridad Social por estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Desde 2023 depende de tus rendimientos netos: eliges una base dentro del tramo que te corresponde según lo que ganas, y sobre ella se aplican los tipos de cotización. A diferencia del asalariado, el autónomo asume la cuota completa, sin una empresa que pague su parte.
- Cuota íntegra (estatal y autonómica)IRPF
Es el IRPF que resulta de aplicar las escalas a tu base, antes de restar deducciones y las retenciones ya pagadas. Se divide en dos mitades: la cuota estatal, igual para toda España, y la cuota autonómica, que cada comunidad fija con su propia escala. Por eso, a igual sueldo, el IRPF anual puede variar según dónde tengas tu residencia fiscal, aunque la retención mensual sea la misma en todas partes.
- Declaración de la renta (liquidación anual)IRPF
Es el ajuste de cuentas anual del IRPF: se calcula el impuesto que realmente te corresponde por todo el año y se compara con lo que ya te retuvieron mes a mes. Si te retuvieron de más, sale a devolver; si te retuvieron de menos, sale a pagar. Es también el momento en que se aplican las deducciones autonómicas y la escala de tu comunidad, que la retención mensual no tiene en cuenta.
- Deducciones (en nómina)Nómina
Son la parte de abajo de la nómina: lo que se resta de tus devengos para llegar a lo que cobras. Las dos grandes son la retención de IRPF y tu aportación a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, formación, MEI). No confundas estas deducciones de la nómina con las deducciones del IRPF, que son un concepto distinto de la declaración anual.
- DevengosNómina
Son la parte de arriba de la nómina: todo lo que la empresa te reconoce en el periodo, como el salario base, los complementos, las horas extra o la parte prorrateada de las pagas extraordinarias. La suma de los devengos es tu total devengado, el bruto de ese recibo, del que luego se restan las deducciones para llegar al líquido a percibir.
- FiniquitoContrato
Es la liquidación de lo que la empresa te debe cuando termina tu contrato, por el motivo que sea: los días de salario del último mes trabajado, las vacaciones generadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extra. No es lo mismo que la indemnización por despido: el finiquito lo cobras siempre que te vas, independientemente de la causa, mientras que la indemnización solo corresponde en ciertos despidos.
- Indemnización por despidoContrato
Es la compensación que te corresponde cuando la empresa extingue tu contrato en ciertos supuestos, calculada en días de salario por año trabajado. Un despido objetivo o colectivo procedente da derecho a 20 días por año, con un tope; un despido declarado improcedente, a 33 días por año (45 por los años anteriores a 2012), también con límite. Es distinta del finiquito, que se cobra en cualquier caso.
- IPREMContrato
El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples es un índice de referencia que se usa para fijar cuantías de ayudas, becas y prestaciones, entre ellas los topes mínimo y máximo del paro. Se actualiza cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Sustituyó al SMI como referencia para estos fines, precisamente para que subir el salario mínimo no arrastrara automáticamente todos esos umbrales.
- IRPFIRPF
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas grava lo que ganas en un año: tu sueldo, los rendimientos de autónomo, los intereses y dividendos, y las ganancias patrimoniales. Es progresivo, así que cuanto más ganas, mayor es el tipo que se aplica a cada tramo. En la nómina se cobra por adelantado mediante una retención mensual, y en la declaración anual se ajusta la cuenta.
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)Cotización
Es una cotización adicional creada para reforzar el sistema de pensiones ante la jubilación de las generaciones más numerosas. Se aplica sobre la base de contingencias comunes y su tipo sube de forma escalonada año a año según un calendario legal. La mayor parte la paga la empresa y una parte menor el trabajador; en la nómina se suma a las demás cotizaciones de Seguridad Social.
- Mínimo personal y familiarIRPF
Es la parte de tu renta que se considera destinada a cubrir tus necesidades básicas y las de tu familia, y que por tanto no debe tributar. Incluye un mínimo por contribuyente y suplementos por edad, por discapacidad, por descendientes (hijos) y por ascendientes a tu cargo. No se resta de la base: la escala se aplica dos veces, y la cuota del mínimo se descuenta de la cuota de la base, de modo que ese tramo tributa al tipo más bajo.
- Pagas extraordinariasNómina
Son pagas adicionales al salario mensual a las que tienes derecho por ley, como mínimo dos al año (habitualmente en verano y en diciembre). Pueden cobrarse aparte, en su mes, o prorrateadas, repartidas en las doce mensualidades. De ahí la distinción entre cobrar en 14 pagas (dos extra separadas) o en 12 (todo prorrateado): el sueldo anual es el mismo, cambia cómo se reparte.
- Prestación por desempleo (paro)Contrato
Es la prestación contributiva que cobras si te quedas sin empleo habiendo cotizado lo suficiente. Su duración depende de cuánto hayas cotizado (de 4 meses a 2 años) y su importe se calcula sobre tu base reguladora: el 70% los primeros seis meses y el 60% después, con topes mínimo y máximo que dependen del IPREM y de los hijos a cargo. La gestiona el SEPE y de ella se descuentan IRPF y Seguridad Social.
- Prorrata de pagas extraNómina
Es repartir el importe de las pagas extraordinarias entre las doce nóminas del año, en lugar de pagarlas de golpe en su mes. Cobrar prorrateado (en 12 pagas) sube tu nómina mensual pero elimina los meses de paga doble; cobrar en 14 pagas hace lo contrario. El bruto anual y el IRPF total son idénticos: solo cambia cuándo recibes cada euro.
- Reducción por rendimientos del trabajoIRPF
Es una reducción que se resta de tu rendimiento del trabajo antes de calcular el IRPF, pensada para aliviar la carga fiscal de los sueldos más bajos. Es mayor cuanto menor es el salario y se va reduciendo a medida que sube, hasta desaparecer por encima de cierto umbral. Es una de las razones por las que dos personas con el mismo bruto pero muy distinto nivel pueden tener retenciones proporcionalmente diferentes.
- Retención (tipo de retención)IRPF
Es el IRPF que la empresa te descuenta de cada nómina y adelanta a Hacienda en tu nombre. El tipo de retención es un porcentaje que se estima al principio del año según tu sueldo previsto y tu situación personal y familiar, siguiendo el procedimiento general del reglamento, y se recalcula si tus circunstancias cambian. No es un impuesto aparte: es un pago a cuenta del IRPF que se regulariza en la declaración anual.
- Salario brutoNómina
Es tu sueldo antes de descuentos: el total que la empresa te reconoce, sin restar todavía la retención de IRPF ni tu parte de la Seguridad Social. Es la cifra que suele aparecer en el contrato y en las ofertas de empleo, casi siempre en términos anuales. No es lo que ingresas en el banco: para saber eso hay que pasar del bruto al neto.
- Salario Mínimo Interprofesional (SMI)Contrato
Es el sueldo mínimo que puede cobrar por ley cualquier trabajador en España a jornada completa, sea cual sea su sector. Lo fija el Gobierno cada año mediante un real decreto y se expresa en términos diarios, mensuales y anuales. Ningún convenio colectivo puede pagar por debajo del SMI: si su tabla se queda corta, prevalece el SMI.
- Salario netoNómina
Es lo que realmente cobras: el salario bruto una vez restadas la retención de IRPF y tu parte de las cotizaciones a la Seguridad Social. Es la cifra que de verdad ingresas cada mes, y depende no solo de tu bruto sino de tu situación personal y familiar, que afecta a la retención. Repartido en 12 o en 14 pagas, el mismo sueldo anual da un neto mensual distinto.
- Tarifa plana (autónomos)Cotización
Es una cuota reducida y fija para quien se da de alta como autónomo por primera vez (o vuelve tras varios años sin serlo), durante sus primeros meses de actividad. Sustituye a la cuota que le correspondería por sus rendimientos y busca abaratar el arranque de un negocio. Su importe y su duración los fija la normativa vigente y pueden prorrogarse si los rendimientos se mantienen bajos.
- Tramo (escala progresiva)IRPF
Es cada uno de los escalones en que se divide la escala del IRPF, cada uno con su propio tipo. Un error habitual es pensar que, al subir de tramo, todo tu sueldo pasa a tributar al tipo más alto: no es así. Cada tramo solo se aplica a la parte de tu renta que cae dentro de él, de modo que ganar un euro más nunca hace que te quede menos dinero neto.
- Tributación conjuntaIRPF
Es la opción de que los miembros de una unidad familiar presenten una sola declaración de la renta sumando sus rentas, en lugar de una cada uno. Da derecho a una reducción de la base (mayor en familias monoparentales), así que suele compensar cuando uno de los cónyuges gana poco o nada, y no compensar cuando ambos tienen ingresos parecidos. Solo afecta a la declaración anual: la retención mensual se calcula siempre de forma individual.